Requisitos para condonación de deudas

 

 

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Condonación de deudas

 

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Solicitud condonación deudas ASFA

 

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Finalización condonación deuda ASFA

 

Si usted mantiene únicamente deuda Fodesaf (ASFA) en la Desaf correspondiente a planillas ordinarias a febrero 2015 y anteriores, así como también planillas adicionales con fecha de facturación a febrero 2015 y anteriores, debe de presentar la solicitud en las oficinas de la Desaf (del Auto Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a Equipos Nieto. Barrio Amón. Entre avenidas 9 y 11, calle 3 - Usa Waze para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp)  si posee firma digital puede enviarla al correo electrónico [email protected]

Los requisitos para solicitar la condonación son los siguientes:

 

a) Para personas físicas:

-        Solicitud por escrito, firmada por la persona legalmente facultada para tales efectos y dirigida al Licda. Ana Graciela Rodríguez Herrera, Jefe departamento de Gestión de Cobros de la Desaf, la cual debe indicar una dirección de correo electrónico como medio oficial autorizado de notificación.

-        Copia de la cédula de identidad del patrono*.

b) Para personas jurídicas:

-        Solicitud por escrito, firmada por la persona legalmente facultada para tales efectos y dirigida al Licda. Ana Graciela Rodríguez Herrera, Jefe departamento de Gestión de Cobros de la Desaf, la cual debe indicar una dirección de correo electrónico como medio oficial autorizado de notificación.

-        Copia de la cédula del representante legal de la empresa*.

-        Original de Personería jurídica de la empresa.

*De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la República y la Ministra de la Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos del día trece de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia de cédula ni cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen gestiones en la administración pública.

 

 Región de Acordeón

NORMATIVA RELACIONADA

LEY 10.604

Prórroga de la Amnistía para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, para que se extienda por un plazo adicional de doce meses la prórroga establecida en esta ley, en relación con el artículo 4 de la Ley 10232, Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, del 29 de abril de 2022, para que los trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por concepto de multas, recargos e intereses.

DIRECTRIZ N° MTSS-DMT-DUG-9-2025

Procedimiento interno para la aplicación de condonación de multas, recargos e intereses moratorios de los montos adeudados por patronos morosos, bajo los lineamientos sobre condonación establecidos en la Ley 10.232 denominada “Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales”.

MTSS-DMT-RESOLUCION CONDONACIÓN DEUDAS

Diligencias para Autorizar a la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) y a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para que procedan con la condonación de las multas e intereses de los montos adeudados por patronos morosos al Fodesaf, bajo las condiciones establecidas en la Ley 10.232, denominada “Autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales”.